Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0191/2003-R
Fecha: 19-Feb-2003
rechazó
El 7 de diciembre de 2002, la Sala Civil Tercera de la Corte Superior de Justicia de La Paz rechazó el recurso por cuanto los recurrentes no obstante de haberles otorgado el plazo de 48 horas para que subsanen las observaciones de forma, referida a la falta de legitimación del co-recurrente Macario Medina Laura, así como la falta de precisión de los derechos o garantías en que funda su pretensión y la falta de precisión en el amparo que solicita, de acuerdo a los arts. 97.I, IV y VI de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC).