SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0250/2003-R
Fecha: 28-Feb-2003
I.2.2 Informe de la autoridad recurrida.
El Juez recurrido en su informe escrito (fs. 62-63) señala que la recurrente solicitó en la vía incidental la reposición de obrados hasta el vicio más antiguo, que él rechazó a través de un auto expreso y fundamentado que fue objeto de apelación, recurso al que no dio curso por haber sido interpuesto fuera de término. Aclaró que la recurrente no se encuentra detenida, perseguida, procesada o presa, por lo que el hábeas corpus no es viable, máxime si la recurrente no cita siquiera los derechos y garantías supuestamente vulnerados. Concluyó señalando que al rechazar el incidente formulado por la recurrente no vulneró ningún derecho, sino que actuó con responsabilidad, previa revisión de los datos del proceso y en cumplimiento de la jurisprudencia sentada por la Corte Suprema así como por el Tribunal Constitucional. Por lo señalado, pidió la improcedencia del recurso, con costas y multa.