SENTENCIA CONSTITUCIONAL 167/2003-R
Fecha: 14-Feb-2003
III.2
III.2 Que en el caso en análisis, el recurrente luego de ser citado se presentó a prestar su declaración informativa cumpliendo con la requisitoria del fiscal asignado; empero, el recurrido sin considerar esta conducta y además que no concurrían los requisitos del art. 226 citado, dispuso la detención del recurrente, es decir, sin que el delito de lesiones leves tenga una pena mínima igual o superior a dos años y sin que el recurrente hubiese dejado advertir conductas de obstaculizar la averiguación de la verdad y otros elementos que hicieran presumir que pretendía fugarse.
Que si bien no cursan documentales de la indebida detención preventiva ordenada por el recurrido, no es menos cierto que éste pese a ser debidamente citado, no se ha presentado a la audiencia a informar de todo lo expuesto en el recurso, de modo que los argumentos del mismo no han sido desvirtuados. En esta línea de razonamiento ya se dictó la SC 1604/2002-R de 20 de diciembre que refiriéndose a la inasistencia del recurrido dice “... quien pese a su legal citación no concurrió a la audiencia para prestar el informe de rigor, lo que determina que los extremos invocados en el recurso no hubieran sido desvirtuados.”