I.2. Argumentos jurídicos del recurso
Argumenta el recurrente que el Auto de 30 de enero de 2003 fue dictado por la autoridad recurrida dentro del trámite de concurso voluntario de acreedores seguido a nombre de sus representados, ejerciendo actos de jurisdicción o potestad que no emana de la ley ni de la jurisprudencia, por cuanto no existe en el ordenamiento legal ningún artículo que le faculte disponer la desacumulación de un proceso ejecutivo acumulado que no tiene calidad de cosa juzgada para su devolución al juzgado de origen, y que la potestad con la que fue dictado el auto impugnado tampoco emana de la jurisprudencia.
