Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0309/2003-R
Fecha: 14-Mar-2003
improcedente
La Sentencia 63/2002 de 5 de diciembre de 2002, cursante de fs. 265 a 267, dictada por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, declara improcedente el recurso, con estos fundamentos: 1) el recurrente no es adjudicatario del surtidor “El Manantial” de Santa Cruz de la Sierra y su condición de arrendatario “no abre relación jurídica alguna con la Superintendencia de Hidrocarburos, consiguientemente carece de personería para intentar el presente recurso”; 2) “con relación a la revocatoria de la licencia de operación del surtidor 'El Manantial', ésta no le causa ningún agravio directo, toda vez que la licencia de operación es intransferible”.