SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0310/2003-R
Fecha: 14-Mar-2003
a)
El abogado de los recurridos manifestó que: a) se debe excluir del amparo a Hermógenes Ortuño Sainz, Juan Vallejo Chávez y Greby Sánchez, por no ser éstos los consignados en la demanda, al existir error en los apellidos y nombre, respectivamente; b) no existe certeza, por ningún elemento probatorio acompañado, de que los recurridos sean los autores de los hechos que dieron lugar al recurso; c) las fotografías presentadas por el recurrente no tienen ningún valor legal, además que los demandados no aparecen en ellas; d) el recurrente no ha agotado los mecanismos legales ordinarios de SEAPA, para la reposición de los servicios de agua y alcantarillado. Pidió se declare improcedente el recurso.