SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0316/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0316/2003-R

Fecha: 18-Mar-2003

improcedente

La Resolución 14 de 4 de febrero, cursante de fs. 992 a 994, pronunciada por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, declara improcedente el recurso, con estos fundamentos: 1) en el proceso que el recurrente siguió contra Ángel Buzolic Ayllón, fenecido hace varios años, dada su calidad de querellante, Luis Roberto López no se encuentra perseguido, detenido ni procesado; 2) la acción recriminatoria por acusación y denuncia falsa seguida por Ángel Buzolic contra el recurrente, cuenta con sentencia condenatoria ejecutoriada, pero el recurrente ha obtenido el beneficio de perdón judicial, “por lo que su libertad personal no corre ningún riesgo”; 3) el actor no ha demostrado que en ninguno de los procesos hubiere sido colocado en estado de indefensión; 4) “no se puede conceder la protección del hábeas corpus por y para actos del pasado, tan remotos como el Auto de Vista de 2 de mayo de 1997”.