SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0341/2003-R
Fecha: 19-Mar-2003
II.1.
II.1. Que, Plácida Quispe Calle, en su condición de Concejala Secretaria del Concejo Municipal de Ayo Ayo, plantea recurso de amparo constitucional contra varios Concejales, por cuanto los mismos emitieron resoluciones municipales por las que desconocieron su calidad de Secretaria del Concejo y Presidenta de la Comisión de Ética; dicho recurso fue declarado procedente por el Juez de amparo, resolución aprobada por este Tribunal que pronunció la SC 978/2002-R, de 16 de agosto, con el fundamento de que por Resolución Municipal 52-A/2002, de 23 de mayo, ilegalmente se eligió un Secretario, cuando la recurrente (Plácida Quispe Calle) no cesó ni fue suspendida en sus funciones de Secretaria, con referencia a ser miembro de la Comisión de Ética, no se le da la tutela, reconociéndose a Ciro Buenaventura Loza Castillo (ahora recurrente) como Presidente y miembro de la Comisión de Ética (fs. 39-45).