SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0346/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0346/2003-R

Fecha: 19-Mar-2003

I.2.2. Informe de los recurridos

Los Vocales recurridos informaron por escrito (fs. 96-97) que dentro del proceso seguido por Bragin Daguer AsbÚn contra la Prefectura, a solicitud de parte y conforme al DS 21858 se procedió a la ejecución provisional de la Sentencia, a cuyo efecto se calificó la fianza el 1 de noviembre de 2002, la cual fue observada por la Prefectura en lo que respecta al avalúo del fundo, empero con la facultad contenida en el indicado Decreto Supremo y el art. 550 del Código de procedimiento civil (CPC) se admitió la fianza porque cubría la totalidad del monto establecido en la Sentencia, además de que los documentos presentados por el demandante acreditaban plenamente su derecho propietario y el Certificado de Valor Catastral merecía toda la fe probatoria que le asigna el art. 1289 del Código Civil (CC), no existiendo ningún antecedente que ponga en duda su autenticidad. Concluyeron indicando que reconocer el valor y autenticidad de un documento público no restringe, suprime ni amenaza derecho o garantía constitucional alguna, máxime si la Sentencia se encuentra ejecutoriada y la fianza ha sido cancelada.

En cuanto a la ampliación del recurso puntualizaron que según el informe de Secretaría de Cámara de 20 de noviembre de 2002, el porte para la remisión del expediente fue ofrecido por el recurrente 20 días después de su notificación, por lo que mediante Auto de 25 del mismo mes y año se declaró desierto el recurso de casación y ejecutoriado el Auto de Vista, quedando cancelada la fianza de resultas prestada por el actor, dando cumplimiento a lo establecido por el art. 212 CPT.