Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0346/2003-R
Fecha: 19-Mar-2003
III.2.2.
III.2.2. En cuanto al auto de 20 de noviembre de 2002, que rechazó el depósito del porte para la remisión del recurso de casación a la Corte Suprema, si bien fue objeto del recurso de reposición por parte de la Prefectura, mereciendo el Auto de 25 de noviembre de 2002, que confirma la negativa y declara desierto el recurso de nulidad interpuesto por la Prefectura, así como la ejecutoria del Auto de Vista recurrido, no planteó el recurso de casación correspondiente de acuerdo a los arts. 250 y 252 CPC, al tratarse de un Auto definitivo que pone término al litigio, dejando precluir su derecho, aceptando tácitamente la resolución ahora impugnada, permitiendo igualmente su ejecutoria.