Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0373/2003- R
Fecha: 26-Mar-2003
III.2
III.2 Que en el caso de autos, el recurrido antes de la consideración y resolución del recurso planteado dio cumplimiento a la Resolución Administrativa que ordena la reincorporación del recurrente - lo cual, incluso dio lugar a que el mismo recurrente por escrito retirara la demanda- de manera que sin mayor análisis corresponde dar aplicación al art. 96-2) LTC, por haber cesado los efectos del acto ilegal reclamado.