I.1. Antecedentes
El recurrente refiere que Germán Mariano Velasco Cortéz, uno de los principales imputados del caso denominado ex Banco Bidesa S.A. en liquidación contra Lourdes Jiménez de Palacios y otros, solicitó el 29 de enero de 2003 se deje sin efecto la medida cautelar de arraigo dispuesta en el caso de autos, ordenando el Juez recurrido se oficie tal solicitud a la Corte Superior del Distrito donde actualmente se encuentra el expediente, al haber sido remitido para la resolución de la cuestión previa de prescripción interpuesta por el co imputado Alfredo Rivas Memm, a objeto de que le remitan fotocopias legalizadas si correspondía su trámite. Continúa refiriendo que el 13 de marzo de 2003 se decretó la suspensión de la audiencia por inasistencia del Fiscal de materia asignado al caso, realizándose la audiencia de modificación de medida sustitutiva el 26 de marzo de 2003, disponiendo el Juez Primero de Partido en lo Penal (Comisionado) la modificación de la medida cautelar impuesta el 25 de marzo de 2002 referente al arraigo, procediéndose al levantamiento del mismo, estableciendo en su lugar la constitución de dos garantes personales, permitiendo que Germán Mariano Velasco se ausente del país para vivir y trabajar en el extranjero.
- Luis Fernando Landivar Roca
- I.1. Antecedentes
- I.2. Argumentos jurídicos del recurso
- "Toda persona física o jurídica está legitimada para interponer los recursos y demandas constitucionales previstos en la presente Ley, a condición de reunir los requisitos exigidos por ella"
- "es la persona "agraviada" la que presentará directamente el recurso al Tribunal Constitucional
- y a formular las peticiones
