AUTO CONSTITUCIONAL 206/2003-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 206/2003-CA

Fecha: 30-Abr-2003

carece en absoluto de contenido jurídico-constitucional

            Con referencia al art. 42-II LAPCAF impugnado, el mismo fue modificado por el art. 19 de la Ley de Fortalecimiento de la normativa y supervisión financiera, 2297 de 20 de diciembre de 2001, por lo que  el  recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad  carece en absoluto de contenido jurídico-constitucional que justifique una decisión sobre el fondo..