Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0422/2003-R
Fecha: 02-Abr-2003
a)
a) Existe un recurso de apelación contra el auto que rechazó el incidente de nulidad planteado por la recurrente, el cual se encuentra radicado en la Sala Civil Tercera de la Corte Superior, por lo que dado el carácter subsidiario del Amparo, no puede ser sustitutivo de los recursos ordinarios que franquea la ley como el del caso de autos.