SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0446/2003-R
Fecha: 09-Abr-2003
improcedente
La Sentencia 98/2003 de 7 de febrero de 2003, cursante a fs. 103, pronunciada por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, declara improcedente el recurso, con estos fundamentos: 1) “con anterioridad a la presente audiencia, la autoridad recurrida ha regularizado el procedimiento administrativo defiriendo a la solicitud del recurrente, por lo que se establece que desapareció el objeto y la motivación del recurso por lo que se hace inviable el art. 19 de la C.P.E.”; 2) “en cuanto a la inconstitucionalidad solicitada respecto al art. 141 del Reglamento de Disciplina y Sanciones de la Policía Nacional, este tribunal no tiene competencia, por lo que no puede pronunciarse sobre la constitucionalidad de una norma legal o no” (sic).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- desde entonces ha impetrado su reincorporación en forma constante,
- III.3.