SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0458/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0458/2003-R

Fecha: 09-Abr-2003

II.4.

II.4. Que, en la misma fecha, es decir 29 de octubre de 2001, se procedió al remate inicial del 50% de las acciones y derechos del inmueble de la ejecutada, al no existir postores, por compensación se adjudicó al ejecutante (fs. 113). Al no existir postores y luego de las rebajas de Ley, el otro 50% del inmueble hipotecado, también se adjudica al ejecutante, por Auto de 11 de junio de 2002 emitido por el Juez demandado (fs. 134).