Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0475/2003-R
Fecha: 09-Abr-2003
da por no presentado
Por Resolución de 10 de febrero de 2003, de fs. 226 de obrados, la Sala Civil Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz da por no presentado el recurso, puesto que los recurrentes no subsanaron en el plazo otorgado, las omisiones señaladas en el Auto de 7 de febrero de 2003, pues acompañaron pruebas sin autenticar que no tienen valor probatorio en contravención del art. 1311 del Código Civil (CC), señalado en el CITE.OF.TC Circular 055/2002 de 18 de enero, incumpliendo con los requisitos contenidos en los incs. I), II), III), IV), V) y VI) del art. 97 de la Ley del Tribunal Constituiconal (LTC).