Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0475/2003-R
Fecha: 09-Abr-2003
II.3.
II.3. La línea jurisprudencial citada es aplicable en el presente caso, pues aparte de haber presentado las fotocopias simples, el recurrente ha solicitado que la autoridad demandada presente en la audiencia a fijarse el expediente original del proceso aludido, además de evidenciarse que solicitó la legalización de las fotocopias presentadas.