SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0482/2003-R
Fecha: 09-Abr-2003
III.6.
III.6. En la celebración del juicio oral, el 29 de julio 2002, el recurrente opuso las excepciones de falta de acción y extinción de la acción penal, las que fueron rechazadas por el Tribunal de Sentencia recurrido: a) la primera porque la SC 680/2002-R dejó sin efecto los requerimientos observados pero convalidó el control jurisdiccional ejercido por el Juez Séptimo de Instrucción en lo Penal, con relación a los tres casos acumulados tácitamente, sin que las partes nunca observaran esa situación; b) sobre la segunda se determinó que no era evidente que la acusación hubiera sido presentada fuera del plazo otorgado en la conminatoria, por cuanto la conminatoria fue notificada el 22 de abril y la acusación fue presentada en la oficina del Juez Instructor el 26 del mismo mes (fs. 1-25).