SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0484/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0484/2003-R

Fecha: 14-Abr-2003

IMPROCEDENTE

La Sentencia cursante de fs. 36 a 38, pronunciada el 12 de marzo de 2003 por el Juez Segundo de Sentencia de Cochabamba, declara IMPROCEDENTE el recurso, con estos fundamentos;  1) la intervención de los querellantes dentro del juicio seguido por el Ministerio Público contra Edgar Ariel Tancara Sandagorda y otros, que se tramita en el Tribunal Tercero de Sentencia, no supone la existencia de un procesamiento indebido, porque al ser los delitos de acción penal pública, el Ministerio Público es el que ejerce la titularidad del ejercicio de la acción penal y los querellantes concurren sólo de manera accesoria al proceso; 2) “en el desarrollo del juicio, si así lo creyere la parte recurrente, debió anunciar reserva de apelación sobre la vulneración del debido proceso que ahora reclama”; 3) “el recurso de hábeas corpus es subsidiario y casi de última ratio, por lo que el mismo debe ser presentado  una vez  se hayan agotado todos los medios ordinarios que la ley franquea a las partes”; 4) “la intervención o la concurrencia del querellante al juicio oral sustanciado por el Tribunal de Sentencia No. 3, obviamente no hace peligrar la libertad de quien ahora es recurrente”.