Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0490/2003- R
Fecha: 15-Abr-2003
III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
Que el recurrente solicita tutela a su derecho a la propiedad, consagrado en el art. 7-i) CPE, denunciando que ha sido vulnerado por los recurridos, ya que sin tener jurisdicción y competencia han expedido un certificado de posesión a un supuesto Sindicato acreditándole posesión desde el año 1996, cuando ellos no ocupaban los cargos que ahora ocupan y sin tomar en cuenta que el avasallamiento se produjo en el año 2001. En consecuencia, en revisión de la resolución dictada por el tribunal del amparo, corresponde dilucidar si tales extremos son evidentes y si constituyen un acto ilegal y lesivo de los derechos fundamentales referidos, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
- Yalal Felipe, Alcalde Municipal de Santa Rosa del Sara, Virginia Cuellar de Arauz, Presidenta del Concejo Municipal y Rubén Jiménez, Corregidor de la misma Sección
- a)
- procedente
- II.1
- II.2
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2
- REVOCA