Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0492/2003- R
Fecha: 15-Abr-2003
III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
Que los recurrentes, solicitan tutela a su derecho a la educación, consagrado en el art. 7-e) CPE, denunciando que ha sido vulnerado por el recurrido, dado que para habilitarlos al examen rotatorio previo al de grado, ilegalmente les exige un pago que no corresponde. En consecuencia, en revisión de la resolución dictada por el tribunal del amparo, corresponde dilucidar si tal extremo es evidente y si constituye un acto ilegal lesivo de los derechos fundamentales referidos, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.