SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0502/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0502/2003-R

Fecha: 15-Abr-2003

I.1.1. Hechos que motivan el Recurso

Que, Diego Gutiérrez Encinas (hijo del recurrente), es alumno regular de ese Colegio desde 1995. Sin embargo, el pasado año reprobó su curso; cuando el recurrente se apersonó al Colegio para reinscribir a su hijo en el segundo curso medio, el Director del Colegio recurrido se negó hacerlo indicándole que se inscribirá primero a los aprobados.

Que, ante los reclamos de varios padres de familia, se les dijo que previamente una comisión iba a analizar cada caso para determinar si esos alumnos siguen o no en el Colegio; posteriormente se le indicó al recurrente que no se iba a inscribir a su hijo por ser de otro barrio, pues ellos están zonificando a los alumnos y finalmente, el 28 de enero de este año, le indicó que no se lo reinscribiría nunca porque su hijo es indisciplinado.

Que, esa negativa es tremendamente perjudicial por cuanto ya no existe cupo en otros colegios y menos cuando el recurrido no quiere entregar la libreta por estar su hijo aplazado, violando así los derechos consagrados por los arts. 7 inc e) y h), 177 y 184 CPE, así como el art. 1 incs. 1) y 2) de la Ley de Reforma Educativa, arts. 17 y  112- 1), 2) y 6) del Código del Niño, Niña y Adolescente.