SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0547/2003-R
Fecha: 29-Abr-2003
Resoluciones Administrativas D.P. 06/2000 de 31 de julio de 2000 (en la fase sumarial) T.A.-A.N. 002/2001 de 22 de junio de 2001(en apelación).
Ahora bien, en el caso analizado, los representados del recurrente fueron sometidos a un proceso interno, dentro del cual se dictaron las Resoluciones Administrativas D.P. 06/2000 de 31 de julio de 2000 (en la fase sumarial) T.A.-A.N. 002/2001 de 22 de junio de 2001(en apelación). Notificados con esta última resolución, ignorando que la misma no puede ser objeto de revisión por ninguna otra autoridad en la vía administrativa, por expresa determinación del art. 30 del DS 23318-A, plantearon erradamente el inexistente recurso extraordinario de revisión, cuando en ese momento, al haberse agotado la vía administrativa, bien pudieron plantear el proceso contencioso-tributario contra dicha Resolución en el plazo de ley, y en su caso, si consideraban lesionados sus derechos fundamentales, buscar la protección inmediata del amparo constitucional.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Tribunal Administrativo de la Aduana Nacional compuesto por Teresa Irigoyen Morales, Patricia Gumucio Guachalla, Gabriela Romero Sánchez, Jorge Leytón Vacaflor, Verónica Mealla Rada
- retiro de la demanda contra Jorge Leytón Vacaflor y Teresa Irigoyen Morales
- I.2.2. Informe de los recurridos
- b)
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Resoluciones Administrativas D.P. 06/2000 de 31 de julio de 2000 (en la fase sumarial) T.A.-A.N. 002/2001 de 22 de junio de 2001(en apelación).
- más de un año después
- APROBAR