SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0574/2003-R
Fecha: 29-Abr-2003
1)
El Fiscal recurrido informa: 1) la imputación formal fue presentada el 17 de octubre de 2002, no siendo evidente que la detención de Roberto de La Cruz sea ilegal, porque el agraviado fue citado y ante su incomparecencia fue declarado rebelde, lo que suspendió el término de la prescripción; 2) con relación a los demás involucrados no existe suficientes elementos para imputarlos ni están siendo perseguidos por la Fiscalía, excepto Braulio Rocha y Roberto de la Cruz que están sometidos a proceso penal.
La Jueza co-demandada da lectura a su informe de fs. 15 que señala: 1) no ser evidente lo aseverado por el recurrente que él conjuntamente otros compañeros están siendo ilegalmente perseguidos, como demuestra por la imputación formal en la que ninguno de ellos se encuentra comprendido, por consiguiente no realizó acto jurisdiccional alguno en contra del recurrente ni de sus compañeros; 2) el término de la etapa preparatoria se computa a partir de la imputación formal, por disposición del Auto Constitucional 52/2002-ECA de 9 de septiembre, y Sentencia Constitucional 1036/2002 de 29 de agosto, que constituye doctrina legal y por consiguiente de cumplimiento obligatorio; 3) no existe persecución ni procesamientos indebidos.