cuya decisión dependa
El artículo 59 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), establece que el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad "procederá en los procesos judiciales o administrativos cuya decisión dependa de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de una ley, decreto o cualquier género de resolución no judicial aplicable a aquellos procesos...", lo que significa que el recurso sólo procede cuando la disposición legal sobre cuya constitucionalidad exista duda, tenga que ser necesariamente aplicada a la resolución del caso a dilucidarse dentro del proceso judicial o administrativo.
- Yolanda Rosales R. de Ávalos, Jueza de Partido Sexta de Familia de Cochabamba,
- la Circular R. Nº 046/99-2000, de 16 de diciembre de 1999 dictada por el Senado Nacional.
- Fragmento 3
- I.2. Respuesta al recurso
- rechaza el incidente
- cuya decisión dependa
- tiene aplicación la Resolución 059/01-02 emanada del Senado Nacional
- APRUEBA
