AUTO CONSTITUCIONAL 236/2003-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 236/2003-CA

Fecha: 23-May-2003

I.2. Argumentos jurídicos del recurso

Argumenta el recurrente que los Vocales arrogándose el papel de legisladores al pronunciar el Auto 02/2003, han transgredido los principios constitucionales de legalidad (art. 116 CPE y 103 LOJ), seguridad,  razonabilidad,  igualdad ( art. 6 CPE) y división de poderes, así como el art. 29 de la Constitución Política del Estado (CPE), incurriendo en usurpación de funciones al recurrir al artilugio de definir el conflicto de competencias de los juzgados de partido e instrucción, pretendiendo ilegal y arbitrariamente dejar sin efecto las normas legales que por razón de cuantía asignan la competencia a los juzgados de partido en materia civil-comercial y las reglas que por analogía definen la competencia de los juzgados de partido civil-comercial para conocer la exclusión de socios y como consecuencia, la Jueza de Instrucción Segunda en lo Civil de Tarija, incurrió también en usurpación de funciones, por cuanto siendo una jueza de fuero civil, admite y tramita una demanda en la que se denuncian como causas de la exclusión, la comisión de unos supuestos ilícitos (allanamiento, despojo y apropiación indebida), cuyo juzgamiento  debió requerirse previamente en fuero penal, en consecuencia el auto de admisión impugnado ha sido dictado con incompetencia por razón de materia, fundamentándose en el art. 14 y 31 CPE, art. 1º Código de Procedimiento penal y art. 182 de la Ley de Organización judicial, complementándose con los arts. 34, 116 y 229 CPE.