AUTO CONSTITUCIONAL 259/2003-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 259/2003-CA

Fecha: 06-Jun-2003

una instancia pendiente de resolución final o sentencia

En el presente recurso a instancia de parte, no se da la situación prevista por las citadas normas,  puesto que del análisis del mismo se establece por una parte que la solicitud de que se promueva el incidente fue presentada después de que las demandas incidentales de recusación interpuestas por Juan Carlos Santistevan López contra Adolfo Gandarilla Suárez, Juana Molina Paz de Paz y Hernán Cortés Castillo fueron resueltas mediante decretos de 24 de abril de 2003 cursantes a fs. 26, 29 y 32 del expediente y fundamentalmente, que las demandas de recusación planteadas como incidentes,  las mismas que no prejuzgan lo principal del litigio ni cortan procedimiento suspendiendo la competencia del juez, son resueltas mediante providencias y autos interlocutorios, en consecuencia no existe la posibilidad de la existencia de una instancia pendiente de resolución final o sentencia.