APRUEBA
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los arts. 64-III y 31-4) concordante con el art. 33 parágrafo I inciso1) LTC, APRUEBA el RECHAZO contenido en la Resolución de 22 de mayo de 2003, pronunciada por Rolando Renán Jiménez Sempértegui y Consuelo Carrillo Claros, Miembro y Secretaria del Tribunal Sumariante del Consejo de la Judicatura, respectivamente, cursante a fs. 54-55 del expediente.
