ley, decreto o cualquier resolución no judicial
Asimismo el recurso planteado no se encuentra comprendido dentro de los alcances del art. 59 LTC con relación a las circulares impugnadas, por cuanto la citada norma legal establece que para la procedencia del mismo debe demandarse la inconstitucionalidad de una ley, decreto o cualquier resolución no judicial aplicable a aquellos procesos, de lo que se infiere que no procede contra las Circulares 07/03 de 24 de abril de 2003 expedida por la Decana en Ejercicio de la Presidencia y la DDA/DJ//003/2002 de 21 de marzo de 2002 expedida por el Delegado Distrital a.i., por cuanto estas no son resoluciones de carácter normativo, limitándose la última a instruir el cumplimiento del Reglamento de Aranceles del Poder Judicial; en consecuencia, las circulares impugnadas no forman parte de las disposiciones legales objeto del control de constitucionalidad por la vía del recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad.
Por añadidura, el memorial presentado por Edward Anthony Burke Pommier solicitando se promueva recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, no lleva firma de abogado incumpliendo el requisito formal establecido por el art. 30 LTC referido a la presentación de los recursos con patrocinio de Abogado con Título en provisión nacional.
