Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0731/2003-R
Fecha: 03-Jun-2003
II.3
II.3 Realizada la audiencia de medidas cautelares el 27 de marzo a hrs. 10:00, el Fiscal argumentó la ilegalidad de la detención del recurrente y modificó su petición solicitando la aplicación de las medidas sustitutivas a la detención preventiva la que fue solicitada por el querellante (fs. 20-22). La autoridad jurisdiccional mediante resolución fundamentada dispuso la detención preventiva del recurrente (fs. 23-24).