Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0739/2003-R
Fecha: 04-Jun-2003
363,
En cambio, el art. 360 CPC que establece que en ejecución de sentencia sólo procederá la tercería de dominio excluyente, está contemplado en el Capítulo V (Tercerías), del Título II (del Proceso Ordinario) del Libro Segundo de dicho Código, que rige las normas procedimentales de los procesos de conocimiento.