SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0739/2003-R
Fecha: 04-Jun-2003
PROCEDENTE
La Sentencia cursante a fs. 149 y 150, pronunciada el 31 de marzo de 2003 por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, declara PROCEDENTE el recurso y nulo el Auto de Vista de 5 de marzo de 2003, ordenado que la Sala Civil Primera dicte uno nuevo en consideración al fondo de la apelación, con daños y perjuicios calificados en Bs100.-, bajo estos fundamentos: 1) la aplicación del art. 360 CPC en el Auto de Vista impugnado por el recurrente, es errada por cuanto es aplicable solamente al proceso ordinario “sin abarcar siquiera a todo juicio ordinario; se refiere a aspectos donde está en discusión, en juicio ordinario, el derecho de propiedad y no en juicio ordinario el cumplimiento de una obligación” (sic); 2) tratándose de un proceso ejecutivo, las normas aplicables son las previstas en los arts. 513-I y 363 CPC.