SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0772/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0772/2003-R

Fecha: 10-Jun-2003

III.3.

III.3.   En la especie, la libertad de locomoción de los recurrentes no se ha visto amenazada ni suprimida, sino que, por el contrario, éstos  están gozando a plenitud de ese derecho,  motivo por el que no puede ingresarse al análisis de fondo de la problemática planteada sobre las supuestas irregularidades cometidas en la investigación penal de la que emerge el presente hábeas corpus, tales como la presunta vulneración de sus derechos a la dignidad, a ser informados de la acusación, a la defensa  y a formular peticiones,  por no estar -se reitera- vinculadas a la restricción de  la libertad física del actor.

Por consiguiente, no es viable el otorgamiento de la  protección que brinda el hábeas corpus, pues las demás situaciones sobre presunta conculcación de derechos y garantías -entre ellas, la del debido proceso- se encuentran bajo la tutela que brinda el art. 19 de la Ley Fundamental, que, a diferencia del presente recurso, exige para su procedencia el agotamiento de otras vías o recursos idóneos para lograr la reparación inmediata del acto o la omisión ilegal.