SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0772/2003-R
Fecha: 10-Jun-2003
PROCEDENTE
La Resolución cursante a fs. 124 y 125, pronunciada el 22 de abril de 2003 por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, declara PROCEDENTE el recurso y dispone “remitirse obrados de la querella, antigua y la nueva, al fiscal que está conociendo el proceso penal iniciado en primera época”, bajo estos fundamentos: 1) la querella interpuesta en 3 de febrero de 2001, después de la regularización del procedimiento, nuevamente es de conocimiento del Ministerio Público, por lo que la presentación de una nueva querella ha dado lugar a que se repita un procedimiento que se inició anteriormente; 2) esa situación es atentatoria contra el esquema del nuevo procedimiento penal porque no pueden existir dos procesos por el mismo hecho, dando lugar a un ilegal doble procesamiento.