SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0792/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0792/2003-R

Fecha: 11-Jun-2003

I.1.1.   Hechos que motivan el recurso

El 22 de mayo de 2002, fueron convocados a ascensos para optar al grado de coroneles mediante Orden General del Ejército 014/2002, en la que se les considera como si fuera la segunda convocatoria a ascenso, aunque esto no es evidente, pues si bien fueron convocados en una primera instancia, por razones irregulares no se los evaluó, de manera que esa primera convocatoria es nula. Es así  que  el 5 de junio de 2002, el Comando General del Ejército, a través del Comando de Institutos Militares,  emitió la directiva  21/02, que en su numeral II, inciso 2) señala que “Los Tcnls. de Armas convocados deberán elaborar, presentar y defender trabajos de investigación para optar al grado inmediato superior de acuerdo al rol establecido por el Comando de Institutos Militares”, en cuyo cumplimiento el 30 de julio pasado, el Comandante de Institutos Militares les hizo entrega de los memorandos de asignación del tema de investigación correspondiente, cuya defensa y  discusión del mismo la realizaron el 28 de ante el Tribunal competente, que fueron aprobados.

Añaden que el 24 de diciembre de 2002, el Comando General del Ejército emitió la Orden General de Ascensos  47/02,  que no se encuentra acorde con la antigüedad que tienen en el grado, lo que significa                        que la misma fue modificada por las calificaciones que recibieron en la defensa y discusión de sus trabajos de investigación, coartando así sus derechos que por ley les corresponde. Por ello el 6, 10, 16 y 31 de enero de 2003, presentaron el recurso de reconsideración con alternativa de apelación,  que aún no fue resuelto por el Tribunal del Personal del Ejército dentro del plazo reglamentario, y menos concedida la apelación ante el Tribunal Superior del Personal de las Fuerzas Armadas. Ante esta situación, el 26 de febrero  del año en curso presentaron ante el Comando General del Ejército solicitudes para que se dicte la correspondiente Resolución por el Tribunal del Personal del Ejército, ya que transcurrieron 44 días sin respuesta, sin que a la fecha hubieran sido atendidas sus peticiones.