SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0794/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0794/2003-R

Fecha: 11-Jun-2003

II.3

II.3        El 20 de agosto de 2001, el Presidente de la Comisión Jurídica, Institucional y de DDHH. del Concejo Municipal de Caranavi informó que en la gestión pasada se afectaron tres inmuebles, entre ellos el del recurrente, a quien corresponde indemnizar por ese concepto, previa expropiación, por lo que sugiere que se dicte la respectiva Ordenanza Municipal (fs. 22).