Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0832/2003-R
Fecha: 17-Jun-2003
II.3.
II.3. El 29 de abril (fs. 48), la demandada, apoyada en la previsión del art. 224 CPP citó a la recurrente para que se presente a la Fiscalía de Sustancias Controladas al día siguiente a hrs. 11:30, en compañía de su abogado defensor, “por ser necesaria su presencia dentro de la investigación iniciada contra presunto autor o autores del delito de favorecimiento a la evasión de la interna Leticia Vaca Uraeza”(sic)