Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0833/2003-R
Fecha: 17-Jun-2003
I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
El recurrente ratificó la demanda formulada y añadió que los funcionarios de la FELCN, tratando de perjudicar una transacción, se apersonaron a Derechos Reales de la Provincia Quillacollo, indicando que el inmueble de su propiedad tenía problemas con la Ley 1008 (L1008), cuando no se le ha notificado con ningún proceso.