Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0833/2003-R
Fecha: 17-Jun-2003
III.2.
III.2. Respecto a la actuación del Director Departamental de la Fuerza Especial de Lucha contra el Narcotráfico, el recurrente no ha demostrado de modo alguno cómo dicha autoridad lo habría sometido a una supuesta persecución indebida; dado que, de los datos del proceso, se tiene establecido que el correcurrido no ha tenido ninguna participación en los hechos demandados, careciendo en consecuencia de legitimación pasiva.