Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0835/2003-R
Fecha: 17-Jun-2003
II.3.
II.3. Mediante Circular VEIPS/DGSTP/UDI/012/03 de 28 de enero de 2003, el Viceministro de Educación Inicial, Primaria y Secundaria dispuso que todos los postulantes habilitados mediante el examen del SIMECAL que hayan postulado a unidades educativas excluidas de la lista preliminar, podían elegir otra unidad educativa preferentemente dentro de la misma red a la cual se presentaron (fs. 6).