SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0835/2003-R
Fecha: 17-Jun-2003
no mereció ningún pronunciamiento en el fondo por la Comisión Revisora,
El recurrente alega la vulneración de sus derechos al trabajo, a la enseñanza y a formular peticiones por parte de la autoridad recurrida, pues no obstante ser el legítimo ganador del concurso de méritos al que postuló, colocaron a un tercero como ganador del mismo, quien jamás se presentó al examen de selección, pero fue habilitado a través de una Circular contraria a la convocatoria emitida, haciendo aparecer un acta diferente a la del 8 de febrero, como es la de 12 de ese mes en la que resulta ganador otro profesor. Por otra parte, la impugnación a la ilegal designación del otro profesional, no mereció ningún pronunciamiento en el fondo por la Comisión Revisora, la que se limitó a describir aspectos de forma que no se han reclamado. Corresponde establecer si lo demandado se encuentra dentro del ámbito de protección que brinda el amparo constitucional.