SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0850/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0850/2003-R

Fecha: 24-Jun-2003

III.2

III.2          El recurso de hábeas corpus instituido por el art. 18 CPE, tiene por finalidad  restituir o restablecer, de forma inmediata y oportuna, la libertad física o derecho de locomoción en los casos en los que sea ilegal, indebida o arbitrariamente restringido o suprimido, de manera que su ámbito de aplicación y alcance se reduce sólo a la libertad física.