Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0878/2003-R
Fecha: 30-Jun-2003
rechazó el recurso
El recurrente fue notificado con esa decisión en 24 de abril a horas 17:25 (fs. 13 vta.), sin que en el término de cuarenta y ocho horas concedido por la Corte Superior, haya presentado lo extrañado, en virtud de lo que a través del Auto 159/2003, cursante a fs. 14, pronunciado el 28 de abril de 2003, la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, rechazó el recurso.