Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0880/2003-R
Fecha: 30-Jun-2003
II.4.
II.4. El Director General de Servicios Técnico Pedagógicos del Ministerio de Educación, por carta DGSTP/UDI/252/03 de 17 de febrero de 2003 (fs. 10), dirigido al hoy recurrido, le ordenó instruya a la Unidad de Seguimiento y Supervisión del SEDUCA, cumpla lo establecido en la Convocatoria, a raíz de lo que el Técnico en Supervisión Distrital remitió la nota 064/03 de 20 de febrero (fs. 12)a la Directora Distrital del SEDUCA La Paz 2, solicitando cumpla lo ordenado en el menor plazo posible.