Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0043/2003-ECA
Fecha: 17-Jul-2003
II. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO.
Que, la complementación, aclaración y enmienda, es un medio que tienen tanto el recurrente como el recurrido en materia de amparo, para pedir que el Tribunal Constitucional no revise su decisión en cuanto al fondo sino únicamente para que complemente sobre algún punto que no se hubiera agotado en la resolución, se explique sobre algún concepto oscuro o que cause duda de interpretación del fallo y enmiende errores materiales del mismo.