APRUEBA
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los arts. 64-III y 31-4) LTC, APRUEBA el RECHAZO contenido en la Resolución de 23 de junio de 2003, pronunciada por Carmen Canedo Canedo, Jueza de Partido Novena en lo Civil de Cochabamba, cursante a fs. 25 del expediente.
- Carmen Canedo Canedo, Jueza de Partido Novena en lo Civil de Cochabamba
- los parágrafos III y IV del
- I.2. Respuesta al recurso
- rechaza el incidente
- "La Sentencia que declare la constitucionalidad de la norma legal impugnada, hace improcedente cualquier nueva demanda de inconstitucionalidad contra ella".
- declarados constitucionales los parágrafos III y IV del art. 49 de la Ley de Abreviación procesal civil y de asistencia familiar, 1760,
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