SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0925/2003-R
Fecha: 03-Jul-2003
I.2.2. Informe de los recurridos
Los recurridos informaron por escrito (fs. 73 a 74) que el 21 de febrero, la Asociación que representan pidió a la actora el retiro del tinglado construido en un lugar que es área de parqueo de vehículos, en base a una instrucción del Departamento de Mercados y Abastecimiento de la Alcaldía Municipal, y el 24 de marzo, por orden del Oficial Mayor, la Gendarmería se constituyó en el lugar y retiró el tinglado, lo que demuestra que ellos carecen de personería para ser recurridos. Por otra parte, la actora no agotó las instancias para presentar sus reclamos pues previamente debió acudir ante la autoridad administrativa municipal y en su caso, si consideraba que se había violado algún derecho fundamental, tenía las instancias penales para demandar ese ilícito. Consiguientemente, piden se declare improcedente el recurso, con costas y honorarios profesionales.