SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0948/2003-R
Fecha: 08-Jul-2003
a)
La recurrida, mediante su abogada, informó lo siguiente: a) el recurrente confunde los contratos de arrendamiento y de anticresis, que son figuras jurídicas diferentes, y tienen un régimen distinto; b) el contrato de anticresis “ha sido demandado por resolución en agosto de 2001”, cuya demanda tiene por objeto precisamente el pago del consumo de luz y agua; c) del acta de inspección ocular que realizó la Jueza de Partido de Montero, se constata que los cables de luz que dan al departamento que ocupa el recurrente están cortados, y los de la casa de la recurrida están en funcionamiento, y esa situación no ha variado al presente, lo que demuestra que se trata de conexiones distintas; d) el proceso ordinario de resolución de contrato de anticresis, seguido por el recurrente, mereció la sentencia que declaró improbada la demanda principal y probada la reconvencional, fallo que fue confirmado en apelación y ahora se encuentra en casación ante la Corte Suprema de Justicia; e) en ningún momento ha cortado o mandado cortar los servicios de agua y de luz, sino que lo han hecho las empresas proveedoras de tales servicios por falta de pago del recurrente, motivo por el que no debió ser demandada en este recurso; f) la certificación que acompaña de la Cooperativa de Servicios Públicos de Montero indica que el socio Orlando Roca Justiniano tiene cortado el suministro de agua por falta de pago de noviembre y diciembre de 2001 y enero a septiembre de 2002, correspondiendo el código 13320101 al inmueble que ocupa el recurrente; g) la luz fue también cortada por falta de pago y retiraron el medidor del departamento dado en anticrético, h) es el mismo recurrente que está atentando contra su salud al vivir por más de un año sin agua ni luz, porque el corte de suministro de servicios básicos se debe a su incumplimiento en el pago, sin que ella haya intervenido como dueña de casa en ninguna de esas medidas; i) su hija no puede caminar por el techo, ni sola ni con gatos, rechazando las aseveraciones del recurrente en ese sentido. Pidió se declare improcedente el recurso, con costas y multa.