Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0976/2003-R
Fecha: 14-Jul-2003
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente afirma que dentro del proceso penal con Caso de Corte instaurado por el Banco BIDESA S.A. y FONVIS en liquidación contra Lourdes Jiménez de Palacios y otros, se notificó a los Vocales y el Juez recurridos con un recurso directo de nulidad y por tanto, su competencia quedó suspendida de conformidad al art. 84 de la Ley 1836. Sin embargo, esas autoridades continuaron conociendo el caso, al extremo que el mencionado Juez dispuso su detención preventiva; por tanto, corresponde determinar en revisión del recurso de hábeas corpus, si tales hechos merecen la protección que brinda el art. 18 de la CPE.